La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el uso médico de la marihuana y la muerte digna contenidas en la Constitución de Ciudad de México que entrará en vigor el próximo 17 de septiembre.
Con el voto mayoritario de los ministros, la Suprema Corte resolvió que el uso médico de la marihuana incluida en la Constitución de la Ciudad de México no invade atribuciones del Congreso de la Unión porque se ejercerá según lo estipulado en la Ley General de Salud.
La Procuraduría (Fiscalía) General de la República (PGR) impugnó ante la Corte las referencias al uso medicinal de la marihuana y la muerte digna señaladas en la Constitución promulgada el 5 de febrero de 2017.
La Corte Suprema avaló el concepto de muerte digna señalado en la Constitución de Ciudad de México que fue impugnado por la Fiscalía por considerar que se refiere a la eutanasia y al suicido asistido prohibidas por las leyes federales.
La muerte digna "no hace un pronunciamiento sobre el suicidio asistido o la eutanasia son o no válidas" sino que únicamente afirma que el derecho a la muerte digna no conlleva a estas conductas necesariamente, señaló la Corte Suprema al avalar la referencia.
Asimismo, la corte aprobó por unanimidad las disposiciones que la Constitución de la Ciudad de México relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos de los ciudadanos.
La Fiscalía impugnó estas referencias por considerar que las mismas violan competencias federales sobre planificación familiar y el derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas.
La Corte resolvió que la Constitución reconoce los derechos sin definir el contenido de los servicios que habrán de prestar además de que son temas en los que puede intervenir la Federación y los Gobiernos de las entidades federativas.
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