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Malas prácticas en emisión de facturas

SAT | | Baja California Sur

Febrero, 2018

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Autoridades federales detectan malas prácticas en emisión de facturas, por lo que es necesario que los ciudadanos conozcan estas fallas y puedan de manera efectiva ejercer sus derechos.

Así lo dio a conocer Rubí Nalleli Rivera Durán, Administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en Baja California Sur, quien enlisto todas aquellas prácticas indebidas en la emisión de facturas y destacó que es muy importante que todos los ciudadanos conozcan las malas prácticas detectadas por la autoridad.

Lo anterior tiene el objetivo de que emisores como receptores de facturas conozcan estos datos y puedan de manera efectiva, ejercer sus derechos de forma fácil, rápida y sin comprometer datos personales, las malas prácticas identificadas son: 

Exigir cualquier dato distinto al RFC: el contribuyente que solicita la factura sólo debe proporcionar verbalmente su RFC; cualquier dato adicional no es requisito para la emisión, se ha detectado que existen sistemas de emisión de facturas que exigen dichos datos como requisito para obtener una factura. Se invita a los contribuyentes emisores de factura a revisar sus sistemas para evitar molestias y el uso de datos personales que no son requisito fiscal

Obligar a proporcionar un correo electrónico: esto es opcional, cualquier contribuyente puede revisar en tiempo real que le haya llegado su factura a través de la página del SAT con su RFC y contraseña, el proporcionar el correo es una facilidad a la que tiene derecho el receptor de la factura para obtenerla, pero de ninguna manera es obligatorio.

Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura: el precio debe incluir el IVA, sin importar si se solicita o no la factura, al mismo tiempo, obligar al receptor a generar la factura en un portal. Se debe entregar la factura en el establecimiento en donde se lleva a cabo la operación y al momento de realizarla, si así lo requiere el contribuyente. 

Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción: es un error, se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación.

Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada, la forma de pago debe ser registrada cuando éste efectivamente se realice.

No se debe solicitar obligatoriamente que se indique el uso que se le dará a la factura: si este campo no lo proporciona el receptor, se deberá utilizar la clave “P01 Por definir" o bien la que señale el receptor. 

Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo: es otra práctica común, sin importar el medio por el cual se realice el pago del producto o servicio, se deberá emitir factura.

No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos: cuando se reciban anticipos, estos deben facturarse.

No emitir factura: el SAT no tiene suscrito convenio con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas.

Finalmente comentó la licenciada Rubí Nalleli Rivera Durán, que el último punto, se recuerda que no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes las facturas, o expedirlas sin que cumplan los requisitos señalados por el SAT, se consideran infracciones que pueden llevar hasta la clausura del establecimiento.

Si se detecta alguna de estas prácticas indebidas, se pueden denunciar directamente en el portal sat.gob.mx, o bien por correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx o al teléfono 01 (55)88522222.


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